ISIDRO
martes, 4 de junio de 2024
La Importancia del Crédito y la Cobranza en las Organizaciones
1.1 Concepto e importancia del crédito
Concepto
¿Qué es el crédito?
Es un permiso para usar el capital ajeno.
Es un derecho del presente a pagar en el futuro.
Es un poder para obtener bienes o servicios a través de una promesa de pago en una fecha futura.
El permiso, el derecho y el poder, son producto de la confianza que el vendedor deposita en la promesa de pago del comprador. Por lo tanto el crédito es confianza. Sin confianza no puede existir el crédito.
En los negocios también existen tres acepciones de la palabra crédito y son: transacción a crédito, crédito establecido e instrumento de crédito, cuyo significado es el siguiente:
a) Transacción a crédito: El cambio de un valor presente por una promesa de pago en tiempo futuro. Cuando se formaliza la transacción, se crea el derecho del vendedor a recibir el pago en el futuro, así como la obligación del comprador de pagar en el plazo estipulado. “Comprando a crédito”.
b) Crédito establecido: La aceptación por parte del vendedor de la promesa de pago del comprador, quien tiene la reputación de solvencia y honradez que le da derecho a ser creído. “Su crédito es bueno” porque su capacidad de pago es digna de confianza.
c) Instrumento de crédito: Una promesa de pago documentada que manifiesta una transacción formal de crédito. Los instrumentos de crédito más comunes en nuestro medio son: el pagaré y la letra de cambio.
Con base en los conceptos anteriores podemos definir el crédito de la forma siguiente:
Otorgar crédito: Es la entrega de un valor actual, sea dinero, bienes o servicios, sobre la base de confianza, a cambio de un valor equivalente esperado en el futuro, pudiendo existir adicionalmente un interés pactado.
Importancia y ventajas del crédito
Actualmente el crédito es vital para el desarrollo económico de los países y de todas las empresas, ya que la utilización adecuada del mismo produce, entre otros, los beneficios siguientes:
a) Hace más productivo el capital: Una persona que dispone de capital y no quiere o no está capacitada para emplearlo, lo deposita en un banco y recibe un interés como compensación por la transferencia de sus fondos. De esta manera, sumas de dinero pequeñas en sí mismas para ser productivas, se combinan para formar grandes capitales.
El banco presta ese dinero a fabricantes y comerciantes, quienes lo utilizan en sus operaciones productivas. Así, el crédito propicia un incremento de la riqueza al permitir el uso de los agentes productivos a las personas que son más competentes para utilizarlos.
b) Agiliza el movimiento de los bienes y servicios: Como un medio de cambio, el crédito posibilita el que un consumidor pueda adquirir bienes o servicios en el momento presente, a pesar de su carencia de efectivo para pagarlos de inmediato.
c) Multiplica el volumen de bienes y servicios: El crédito es un eslabón en cada una de las fases de la producción y de la distribución. El pequeño comerciante adquiere a crédito, del distribuidor mayorista, los bienes objeto de su actividad. El distribuidor mayorista también los obtiene a crédito del fabricante y éste a su vez, adquiere los materiales y demás elementos de la producción a través de transacciones a crédito.
En virtud del gran poder del crédito y de los beneficios que propicia su aplicación, se puede afirmar que del total de operaciones de compra-venta de bienes y servicios realizadas entre fabricantes, comerciantes y consumidores, el 90% o un poco más de las mismas, son transacciones a crédito.
d) Elimina la necesidad de manejar efectivo: La gran ventaja del crédito en los negocios es que elimina la necesidad de manejar efectivo y permite la transferencia de cantidades importantes de dinero a través de los diversos instrumentos del mismo.
En la actualidad, esto puede hacerse sin tener que expedir un cheque y sin tener que acudir a una institución bancaria para solicitar una orden de pago o una transferencia de fondos, sino que puede hacerse a través de una computadora conectada al sistema del banco que corresponda.
1.2 Bases par otorgar crédito
En casi todos los negocios un volumen mayor de ventas da por resultado mayores utilidades. Sin embargo, los grandes volúmenes de ventas dependen del otorgamiento de mayor crédito, lo que representa el riesgo de no poder recuperar parte del crédito extendido. Por lo tanto, el problema central radica en seleccionar a lo futuros deudores que representen el menor riesgo posible o un riesgo aceptable.
Los principales factores que deben ser tomados en cuenta para seleccionar a un futuro deudor y decidir si el crédito se otorga o no, están comprendidos en lo que se conoce comúnmente como las 4C de crédito:
Carácter o personalidad
Capacidad
Capital y
Condiciones
Al analizar los riesgos del crédito, habrá que preguntarse respecto de cada posible cliente: ¿pagará?, lo cual comprende al carácter o personalidad; si la respuesta es satisfactoria, deberá responderse a la pregunta: ¿podrá pagar?, la cual se refiere a la capacidad; y finalmente: ¿cuánto puede pagar?, la cual abarca al capital.
Carácter o personalidad: En el análisis de los riesgos del crédito, carácter significa responsabilidad moral, absoluta honradez e integridad. Comprende el conjunto de cualidades de un sujeto que lo hacen estar siempre bien dispuesto a pagar sus deudas, lo cual constituye el factor más importante en una operación de crédito.
Al evaluar el carácter o personalidad de un individuo hay que investigar su reputación crediticia, para saber en qué medida cumple con sus compromisos comerciales. Una de las mejores pruebas de la voluntad de pagar las deudas contraídas, es un prolongado y consistente historial de cumplimiento oportuno de los créditos. El deudor que tiene antecedentes de crédito bien establecido por razones de carácter o personalidad, rara vez se desvía de su patrón de conducta.
Cuando el cliente con quien se trata es una firma comercial, también debe determinarse la voluntad de pago de la misma. En general, el carácter o personalidad de los negocios es el mismo de los individuos que los manejan. Sin embargo, el carácter o personalidad de las grandes empresas puede ser distinto del carácter personal de su director o gerente, ya que el desarrollo de sus operaciones se basa en políticas más que en personas. Por tanto, es importante analizar las pruebas del fiel cumplimiento de las políticas de la gerencia en cuanto a: llevar registros confiables, aprovechar los descuentos por pagos anticipados y otras prácticas similares.
Capacidad: Un deudor debe tener capacidad para cumplir con sus obligaciones. En el análisis de los riesgos del crédito, capacidad significa la posibilidad o facilidad para pagar una deuda a su vencimiento. No obstante la disposición y el deseo de pagar de un deudor, si no tiene el dinero para efectuar el pago o la capacidad de obtenerlo, se estará frente a un riesgo.
El manejo de los ingresos personales es un elemento esencial para juzgar la capacidad de pago de un individuo. Si una persona ha ido mejorando constantemente en una compañía, o si ha ido de buenos a mejores empleos, tendrá una excelente capacidad para cubrir sus compromisos. Por el contrario, si ha cambiado de un empleo a otro de igual o menor nivel, demuestra una deficiente capacidad. Otros elementos que también denotan capacidad son, por ejemplo: la profesión, la estabilidad en el empleo, la disposición para economizar recursos, el deseo de progreso, etc.
La capacidad de una empresa se determina principalmente por la habilidad comercial de su propietario o gerente. Habilidad para organizar y dirigir los esfuerzos de sus subordinados, aplicando los conocimientos sobre el giro del negocio y de sus operaciones. Habilidad que se manifiesta a través del historial de la empresa que muestra utilidades y desarrollo constante. Así pues, evaluando la habilidad del dueño o gerente para manejar su negocio, se podrá juzgar sobre la capacidad de pago de la empresa.
Capital: Para efectos de crédito, capital significa la fuerza financiera de un solicitante de crédito, medida por el valor neto de su negocio. El capital es lo que un acreedor puede aprovechar como garantía del pago de una deuda. Es la seguridad de pago que un deudor representa por sus bienes, si el carácter y la capacidad no fallan.
Sin embargo, el crédito no puede extenderse con base en la presunción de que el capital servirá como medio de pago, ya que recurrir a él significa, por lo general, el fin de la relación comercial. El crédito se otorga al tener la seguridad de que los pagos del deudor se harán normalmente, con la posibilidad de efectuar ventas posteriores al mismo cliente.
Por lo general, el consumidor común tiene poco capital y lo que posee es mobiliario, aparatos de línea blanca o electrónica, automóvil y objetos de uso personal; algunos pueden reunir modestas cantidades de efectivo y otros poseen algún bien inmueble. Sin embargo, la información y verificación del capital es importante para el otorgamiento de crédito, porque proyecta algo sobre el carácter y la capacidad del individuo.
En los negocios, el capital representa la inversión destinada a generar utilidades y constituye la condición o calidad financiera del solicitante de crédito, lo cual se puede determinar a través de sus estados financieros. El análisis de la estructura del activo y su relación con las partidas del pasivo, indicará cuánto puede pagar el futuro cliente. Si el activo está integrado por inventarios y cuentas por cobrar, será importante determinar si no existe sobre inversión en los primeros y cuál es el período de recuperación de las últimas. Si el activo consiste en propiedades y equipo, para el acreedor será importante saber si pueden convertirse en garantía del crédito solicitado.
Condiciones: Algunas circunstancias o condiciones fuera de control del acreedor y del solicitante, también afectan los riesgos del crédito, actuando principalmente sobre la capacidad y el capital. Las condiciones económicas, políticas o de mercado de una región o de todo el país, sobre las que los individuos y las empresas no tienen control, pueden alterar el cumplimiento del mejor riesgo de crédito, así como su buena disposición para pagar sus deudas.
En algunas industrias y localidades, los elementos de temporada pueden ser condiciones vitales. En las regiones agrícolas, durante las épocas de cosecha hay buena recuperación de las cuentas por cobrar, lo que no sucede durante las de siembre. El alza en los precios de materiales básicos para diferentes tipos de industrias como el azúcar o la gasolina, puede afectar la capacidad y capital de muchos clientes acreditados.
1.3 Clasificación del crédito
El crédito puede ser clasificado de diversas maneras, pero si atendemos al tipo de transacción crediticia para la cual se establece, lo podemos dividir en las siguientes categorías:
Crédito al consumidor
Crédito mercantil
Crédito comercial bancario
Crédito al consumidor
El crédito al consumidor se otorga principalmente bajo dos modalidades: crédito en cuenta corriente y crédito a plazos:
Crédito en cuenta corriente: En este caso, se establece un límite de crédito para cada cliente de acuerdo con su capacidad y el pago se hace mensualmente por todas las compras que se hayan efectuado durante el período anterior; si esto no es posible, se cubre un pago mínimo y sobre el resto se causan intereses a partir del período presente. Es considerado como un crédito por conveniencia, debido a que en múltiples ocasiones se utiliza sólo por la comodidad de pagar las compras al inicio del siguiente período expidiendo un cheque.
Ejemplo de esta modalidad son los diversos planes que ofrecen las tiendas de departamentos para establecer crédito en cuenta corriente, lo cual hace posible que las familias puedan adquirir ropa, calzado, perfumería, artículos de ferretería, deportivos o fotográficos y muchos otros.
Crédito a plazos: En este caso, el pago parcial se hace a intervalos establecidos en períodos semanales, quincenales o mensuales y en toda operación se carga un interés por financiamiento al valor original de los bienes que adquiere el cliente. Esta modalidad de crédito usualmente se solicita por necesidad, ya que sin él, una proporción muy importante de consumidores estarían imposibilitados para hacer muchas de sus compras.
Como ejemplos podemos mencionar el que los consumidores, a través de un crédito a plazos otorgado por negocios de distintos giros, puedan adquirir bienes costosos tales como: refrigeradores, lavadoras, televisores, equipos de sonido o de video y hasta automóviles, aún cuando no cuenten con los recursos suficientes para cubrir el importe de los artículos que adquieren.
Efectos del crédito al consumidor en los negocios: El crédito al consumidor es de suma importancia para el comerciante al menudeo, para el distribuidor mayorista y aún para el fabricante. A través de la extensión del crédito al consumidor, el comerciante aumenta su volumen de ventas, lo que hará que también aumente el volumen de operaciones del mayorista y del fabricante.
El mercado para esta clase de operaciones es casi ilimitado, pero su manejo no está exento de riesgos. Las pérdidas por créditos que no recupera el comerciante, puede afectar el cumplimiento de sus compromisos con el distribuidor y los de éste con el fabricante. Para evitar que el crédito al consumidor se convierta en peligroso e improductivo, es necesario establecer políticas crediticias que permitan el manejo adecuado de los plazos y los límites de crédito, de acuerdo con la personalidad y capacidad de cada cliente.
Crédito mercantil
El crédito mercantil es aquel que se utiliza para adquirir bienes con el fin de revenderlos, a cambio de una promesa de pago en un tiempo futuro determinado. Los bienes pueden ser materias primas, productos terminados o parcialmente elaborados. Las personas que intervienen en estas operaciones son comerciantes al menudeo, distribuidores mayoristas y fabricantes.
A partir de lo anterior, podemos establecer ciertas características del crédito mercantil:
El objetivo fundamental del crédito mercantil es el intercambio de bienes destinados a la reventa, con o sin un proceso adicional por parte del comerciante.
La función primordial del crédito mercantil es facilitar y acelerar el movimiento de los bienes del productor hacia el consumidor.
El crédito mercantil es el principal medio de cambio entre la producción y la distribución de bienes.
El crédito mercantil es solicitado y otorgado sólo por el tiempo que se lleva el fabricante en procesar sus productos, o bien, por el tiempo que el comerciante tarda en revender las mercancías.
El crédito mercantil es el resultado de la necesidad vital, en el comercio y en los negocios en general, de contar con un medio de cambio distinto del dinero.
Sin embargo, el crédito mercantil no proporciona todo el capital necesario para el desarrollo de las operaciones de un negocio, sino que cubre exclusivamente el costo de los bienes objeto de la transacción. Por lo tanto, cada comerciante, distribuidor o fabricante, requiere de fondos para el pago de sueldos o salarios y de todos los gastos normales para cubrir eficientemente su parte en la cadena de producción y distribución. Si estas personas no cuentan con los recursos suficientes, tendrán que pedir prestado a un banco o recurrir a cualquiera otra fuente de financiamiento, incluyendo inversionistas interesados en participar en el negocio.
Efectos del crédito mercantil en los negocios: El crédito mercantil puede beneficiar y también puede perjudicar el desarrollo de los negocios. Por ejemplo: La extensión de crédito mercantil por parte del fabricante o del distribuidor, aumentará de manera importante sus posibilidades de venta. Un negocio que tiene buen crédito establecido, puede operar ventajosamente con los recursos que le están proporcionando sus proveedores. En estos casos los efectos del crédito mercantil son benéficos para el crecimiento de los negocios, porque se ha otorgado o se ha utilizado de manera racional.
Por el contrario, cuando se abusa del crédito mercantil o se extiende de manera liberal, produce efectos nocivos en los negocios. Un negocio que abusa del crédito mercantil y se compromete demasiado haciendo crecer de manera desproporcionada sus cuentas por pagar, en poco tiempo se verá incapacitado para cubrir sus compromisos. De la misma manera, un comerciante que incrementa su volumen de ventas a través de una política crediticia demasiado liberal, no tardará en ver su capital de trabajo congelado en cuentas vencidas y sus utilidades mermadas por cuentas incobrables.
Crédito bancario
Las funciones principales de un banco comercial son dos: captar recursos y hacer préstamos.
a) Captar recursos: A través de los depósitos que hacen sus clientes, ya sea en cuentas de cheques, cuentas de ahorro o de inversiones a plazo fijo. Al recibir los depósitos el banco acepta la responsabilidad de custodiar los fondos y de garantizar a los depositantes algún beneficio sobre sus inversiones, sin exponerlos al riesgo de pérdidas.
b) Hacer préstamos: El banco utiliza los fondos depositados por sus clientes para otorgar préstamos, tomando como garantía documentos negociables o de descuento y cobrando a sus acreditados un costo o interés por el uso del dinero, sufragando así los gastos propios de la institución y obteniendo al mismo tiempo un beneficio en su provecho.
Cuando por diversas circunstancias las empresas carecen de liquidez, esto es, que no cuentan con efectivo suficiente para pagar sus pasivos a corto plazo: proveedores y acreedores en general; o para la adquisición de activos: mercancías, materias primas, maquinaria, etc., tienen que recurrir al financiamiento externo, es decir, obtener de fuentes externas de financiamiento los recursos que les hacen falta para ser más productivos.
Fuentes externas de financiamiento
Las fuentes externas de financiamiento son: la banca comercial y las organizaciones auxiliares de crédito, identificadas como instituciones de crédito y, en términos más amplios como sistema financiero, el cual está integrado, entre otros, por:
Los bancos
Las casas de bolsa
Las casas de cambio
Las arrendadoras financieras
Las compañías de seguros
Las sociedades de inversión
La banca comercial y las organizaciones auxiliares de crédito, ofrecen a las empresas diferentes esquemas de financiamiento a corto y a largo plazo, entre los cuales se pueden citar, como más usuales, los siguientes:
A corto plazo:
• Descuento de títulos de crédito
• Préstamo quirografario o directo
• Crédito en cuenta corriente
• Préstamo prendario
• Factoraje financiero
A largo plazo:
• Arrendamiento financiero
• Crédito refaccionario
• Crédito hipotecario
Requisitos generales para ser sujeto de crédito
Los requisitos de carácter general que deben cumplir las empresas para que cualquiera institución financiera lo considere como sujeto de crédito, son los siguientes:
1. Tener cuenta de cheques en la institución con la cual se contratará el crédito.
2. Manejar un promedio de depósitos o de inversiones favorable.
3. Apegarse al resultado del estudio de crédito que realice la institución financiera, el cual considerará: la solvencia moral y económica, la capacidad de pago, los antecedente de crédito, la situación financiera y otros aspectos del solicitante, para lo cual requerirá la documentación siguiente:
• Copia simple de la escritura constitutiva.
• Clave del Registro Federal de Contribuyentes.
• Estados financieros de los últimos tres ejercicios fiscales, auditados por contador público independiente.
• Poderes de dominio, administración general y suscripción de títulos de crédito, otorgados por la empresa al o los funcionarios que tramitarán el crédito.
• Copia de identificación oficial de los apoderados.
sábado, 10 de marzo de 2018
La Administración de Recursos Humanos.
Para ubicar el papel que desempeña la administración de recursos humanos en la buena marcha de las organizaciones, es necesario recordar el concepto de administración general: “Es la disciplina que persigue la satisfacción de objetivos organizacionales contando para ello con una estructura y a través del esfuerzo humano coordinado” (José Antonio Fernández Arena).
En la definición anterior, fácilmente podemos apreciar que el esfuerzo humano resulta vital para el funcionamiento de toda organización; si el elemento humano está dispuesto a proporcionar su esfuerzo, la organización marchará; en caso contrario, se detendrá. Por tal razón, las entidades económicas, cualquiera que sea su actividad preponderante, deben prestar especial atención a sus recursos humanos.
Las empresas a fin de funcionar eficientemente, necesitan satisfacer objetivos institucionales, determinados por el medio y la propia organización, los cuales están dirigidos a distintos grupos de personas: OBJETIVO INSTITUCIONAL
Producción y/o servicio
Social
Económico
GRUPOS A QUIENES SATISFACE
Clientes o usuarios
Miembros de la propia organización
Comunidad en la que se desarrolla
Gobierno
Acreedores
Propietarios o accionistas
Misma organización
El objetivo social, como puede apreciarse, tiende a satisfacer al grupo de personas que va a proporcionar su esfuerzo para alcanzar los fines de la empresa, así como a la comunidad donde se localiza la misma, convirtiéndose en una fuente de trabajo y mediante el cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.
Por otro lado, las entidades económicas requieren de una serie de elementos denominados recursos que, administrados adecuadamente, le permiten cumplir con sus objetivos:
Recursos Materiales: Son todos los bienes tangibles propiedad de la entidad, tales como terrenos, construcciones, maquinaria, materias primas o materiales, productos terminados, etc.
Recursos Financieros: Son los elementos monetarios con que cuenta la empresa, indispensables para la ejecución de sus planes, los cuales pueden ser propios o ajenos.
Recursos Técnicos: Son aquellos que le sirven como instrumentos auxiliares en la coordinación de los otros recursos, como sistemas productivos, sistemas de venta, sistemas administrativos, etc.
Recursos Humanos: Como ya se mencionó, el elemento humano es el factor más importante y valioso con que puede contar una organización, de sus conocimientos, experiencias, habilidades, aptitudes, actitudes, motivación, salud, etc., depende el logro de los objetivos de la empresa y el manejo adecuado de todos los demás recursos. El recurso humano puede mejorar y perfeccionar el diseño y uso de los recursos materiales, financieros y técnicos, lo cual no pueden lograr ninguno de estos últimos.
A manera de conclusión sobre la idea anterior, podemos establecer que, las organizaciones requieren del esfuerzo humano para alcanzar sus objetivos y están dispuestas a emplearlo a cambio de dinero, pues los trabajadores necesitan fondos para satisfacer sus necesidades biológicas, sicológicas y sociales, por lo que están dispuestos a cambiar su fuerza de trabajo por dinero.
Cuando existen personas y organizaciones dispuestas a intercambiar dinero y esfuerzo, surge el mercado de trabajo, que se encuentra sujeto, hasta cierto punto, a las leyes de la oferta y la demanda. Sin embargo, no se trata de un mercado común y corriente, aun cuando sus mecanismos de operación tengan alguna semejanza con los de otros mercados, ya que existen fuerzas de índole legal y social que lo dotan de una normatividad y una fisonomía específica, en virtud de que el trabajo no se conceptúa como una mercancía cualquiera.
En cuanto al aspecto legal, la Ley Federal del Trabajo regula las relaciones entre patrones y trabajadores, garantizando para éstos un salario mínimo, una jornada de trabajo y ciertas prestaciones de carácter económico en adición al salario. Pero no sólo el aspecto legal ha influenciado y beneficiado al mercado de trabajo dándole una fisonomía diferente, también la administración de recursos humanos, auxiliada por otras disciplinas del conocimiento, ha desarrollado nuevas técnicas con el objeto de hacer del trabajo algo más humano, justo y eficiente, mediante el cual el individuo pueda alcanzar su desarrollo y realización integral.
Objetivos y Funciones de la Administración de Recursos Humano.
En las distintas entidades económicas, el área responsable de esta función, recibe nombres diferentes, tales como Personal, Relaciones Industriales o Recursos Humanos y en relación con el tamaño de la propia empresa, pude constituir desde una jefatura, un departamento, una gerencia, o hasta una dirección, por lo que jerárquicamente ocupa un nivel igual a las demás áreas operativas o de servicios. En cuanto a la autoridad que ejerce, siempre se le ha considerado como asesor de las gerencias operativas o de servicio, contando con autoridad de línea sólo en relación con sus subordinados.
Cualquiera que sea el caso y en cualquier entidad económica, las funciones que la administración de recursos humanos desempeña para lograr sus objetivos particulares y así contribuir a lograr el objetivo social de la organización, lo cual es su razón de ser, serán siempre las mismas; es decir, los objetivos que en beneficio de los trabajadores, de la comunidad y de la propia organización, cumple esta función, son:
Desarrollar y administrar políticas, programas y procedimientos para proveer una estructura organizacional eficiente, empleados capaces, trato equitativo, oportunidades de progreso, satisfacción en el trabajo y seguridad en el mismo.
En la administración general y particularmente en la administración de recursos humanos, se emplean diversos términos básicos que es necesario aclarar y tenerlos presentes:
Función: Conjunto de actividades de naturaleza distinta que persiguen fines u objetivos comunes. Por ejemplo, admisión y empleo, se integra de varias actividades que tienen como objetivo colocar al hombre adecuado en el puesto adecuado.
Subfunción: Es el conjunto de técnicas y procedimientos en que se divide una función: Por ejemplo, la selección de personal, es un conjunto de técnicas y procedimientos llamadas pruebas, que el aspirante debe seguir en un orden determinado para el desarrollo del proceso
. Actividad: Es la observación y práctica de una serie de principios o políticas apoyadas en las técnicas y procedimientos administrativos para alcanzar los objetivos de la función. Por ejemplo, el auxiliar contable debe observar ciertos principios en el registro de las operaciones.
Objetivo: Es una meta por alcanzar en determinado tiempo y bajo ciertas circunstancias. Por ejemplo, si el índice de accidentes de trabajo en la empresa es actualmente del 5%, al término del año deberá ser reducido al 3%.
Política: Es un curso de acción o camino que se debe seguir para alcanzar los objetivos establecidos. Por ejemplo, todo trabajador para ingresar a la empresa, debe contar con un preparación académica mínima predeterminada.
Las funciones de la administración de recursos humanos, así como los objetivos particulares de cada una y las políticas respectivas, se enuncian a continuación:
FUNCIÓN: Admisión y Empleo
Objetivo: Lograr que todos los puestos de la organización sean cubiertos por personal idóneo, de acuerdo con una adecuada planeación de recursos humanos.
SUBFUNCIONES:
Reclutamiento:
Objetivo: Buscar, localizar y atraer candidatos capaces para cubrir los puestos vacantes.
Política: Siempre que se registre una vacante, antes de recurrir a fuentes externas, se procurará cubrirla con personas que ya estén laborando en la empresa y para quienes esto signifique un ascenso.
Selección:
Objetivo: Analizar las habilidades y capacidades de los solicitantes a fin de decidir, sobre bases objetivas, cuáles tienen mayor potencial para el desempeño de un puesto y posibilidades de un desarrollo futuro, tanto personal como para la organización.
Política: Para efectos de una selección objetiva, deberá recurrirse al uso de técnicas como el análisis de puestos, pruebas psicotécnicas, encuestas socioeconómicas, etc.
Contratación:
Objetivo: Establecer, entre la organización y el trabajador, las condiciones bajo las cuales se realizará la prestación de los servicios.
Política: La decisión final en relación a cuál de los candidatos ha de elegirse, corresponde a quien será su jefe inmediato, recursos humanos sólo debe presentar candidatos idóneos.
Inducción:
Objetivo: Proporcionar al nuevo trabajador toda la información necesaria para que se incorpore de manera rápida al grupo social del que formará parte y se identifique con la organización.
Política: Publicar y difundir los objetivos y políticas de la organización, así como todos los aspectos que la caracterizan, para hacer partícipes de la misma a los diferentes grupos que la componen.
FUNCIÓN: Administración de Salarios
Objetivo: Lograr que todos los trabajadores sean justa y equitativamente compensados mediante sistemas de remuneración racional del trabajo, de acuerdo al esfuerzo, eficiencia, responsabilidad y condiciones de trabajo de cada puesto.
Política: Estar en situación de competencia y aún de ventaja en el mercado de trabajo, para contar con los mejores elementos posibles y lograr una eficaz distribución de la riqueza a través de los salarios.
FUNCIÓN: Relaciones Internas
Objetivo: Lograr que las relaciones establecidas entre la dirección y el personal, así como la satisfacción en el trabajo y las oportunidades de progreso del trabajador, sean desarrolladas y mantenidas, conciliando los intereses de ambas partes.
Política: Respetar siempre la dignidad del trabajador, escuchándolo y reconociéndole su labor como elemento competente e importante dentro de la empresa y como parte integrante de la comunidad.
FUNCIÓN: Servicios al Personal
Objetivo: Satisfacer las necesidades de los trabajadores que laboran en la empresa, tratando de ayudarles en problemas relacionados con su seguridad y bienestar personal.
Política: En la resolución de problemas de tipo personal, mantener una actitud de madurez y respeto a la vida privada del trabajador, evitando caer en una situación paternalista.
FUNCIÓN: Plantación de Recursos Humanos
Objetivo: Promover la actualización del potencial humano, analizando las posibilidades de desarrollo de los trabajadores para diseñar programas de capacitación y adiestramiento, es decir, preparar al personal en cuanto a conocimientos, intereses y actitudes, para poder cubrir las necesidades futuras de la organización.
Política: Se procurará siempre que cada trabajador ocupe el puesto que le corresponda, de acuerdo con su preparación, habilidad y experiencia.
Tomando en consideración todo lo antes mencionado en cuanto a sus funciones, subfunciones, objetivos y políticas, podemos establecer que:
La Administración de Recursos Humanos es el proceso administrativo aplicado al acrecentamiento y conservación del esfuerzo, las experiencias, los conocimientos, las habilidades y la salud de los miembros de la organización, en beneficio del individuo, de la propia organización y de la comunidad en general.
Ahora, mediante dos esquemas organizacionales ubicamos, en el primero, la administración de recursos humanos dentro de la entidad económica y el segundo, es un ejemplo su estructura orgánica:
Para ubicar el papel que desempeña la administración de recursos humanos en la buena marcha de las organizaciones, es necesario recordar el concepto de administración general: “Es la disciplina que persigue la satisfacción de objetivos organizacionales contando para ello con una estructura y a través del esfuerzo humano coordinado” (José Antonio Fernández Arena).
En la definición anterior, fácilmente podemos apreciar que el esfuerzo humano resulta vital para el funcionamiento de toda organización; si el elemento humano está dispuesto a proporcionar su esfuerzo, la organización marchará; en caso contrario, se detendrá. Por tal razón, las entidades económicas, cualquiera que sea su actividad preponderante, deben prestar especial atención a sus recursos humanos.
Las empresas a fin de funcionar eficientemente, necesitan satisfacer objetivos institucionales, determinados por el medio y la propia organización, los cuales están dirigidos a distintos grupos de personas: OBJETIVO INSTITUCIONAL
Producción y/o servicio
Social
Económico
GRUPOS A QUIENES SATISFACE
Clientes o usuarios
Miembros de la propia organización
Comunidad en la que se desarrolla
Gobierno
Acreedores
Propietarios o accionistas
Misma organización
El objetivo social, como puede apreciarse, tiende a satisfacer al grupo de personas que va a proporcionar su esfuerzo para alcanzar los fines de la empresa, así como a la comunidad donde se localiza la misma, convirtiéndose en una fuente de trabajo y mediante el cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.
Por otro lado, las entidades económicas requieren de una serie de elementos denominados recursos que, administrados adecuadamente, le permiten cumplir con sus objetivos:
Recursos Materiales: Son todos los bienes tangibles propiedad de la entidad, tales como terrenos, construcciones, maquinaria, materias primas o materiales, productos terminados, etc.
Recursos Financieros: Son los elementos monetarios con que cuenta la empresa, indispensables para la ejecución de sus planes, los cuales pueden ser propios o ajenos.
Recursos Técnicos: Son aquellos que le sirven como instrumentos auxiliares en la coordinación de los otros recursos, como sistemas productivos, sistemas de venta, sistemas administrativos, etc.
Recursos Humanos: Como ya se mencionó, el elemento humano es el factor más importante y valioso con que puede contar una organización, de sus conocimientos, experiencias, habilidades, aptitudes, actitudes, motivación, salud, etc., depende el logro de los objetivos de la empresa y el manejo adecuado de todos los demás recursos. El recurso humano puede mejorar y perfeccionar el diseño y uso de los recursos materiales, financieros y técnicos, lo cual no pueden lograr ninguno de estos últimos.
A manera de conclusión sobre la idea anterior, podemos establecer que, las organizaciones requieren del esfuerzo humano para alcanzar sus objetivos y están dispuestas a emplearlo a cambio de dinero, pues los trabajadores necesitan fondos para satisfacer sus necesidades biológicas, sicológicas y sociales, por lo que están dispuestos a cambiar su fuerza de trabajo por dinero.
Cuando existen personas y organizaciones dispuestas a intercambiar dinero y esfuerzo, surge el mercado de trabajo, que se encuentra sujeto, hasta cierto punto, a las leyes de la oferta y la demanda. Sin embargo, no se trata de un mercado común y corriente, aun cuando sus mecanismos de operación tengan alguna semejanza con los de otros mercados, ya que existen fuerzas de índole legal y social que lo dotan de una normatividad y una fisonomía específica, en virtud de que el trabajo no se conceptúa como una mercancía cualquiera.
En cuanto al aspecto legal, la Ley Federal del Trabajo regula las relaciones entre patrones y trabajadores, garantizando para éstos un salario mínimo, una jornada de trabajo y ciertas prestaciones de carácter económico en adición al salario. Pero no sólo el aspecto legal ha influenciado y beneficiado al mercado de trabajo dándole una fisonomía diferente, también la administración de recursos humanos, auxiliada por otras disciplinas del conocimiento, ha desarrollado nuevas técnicas con el objeto de hacer del trabajo algo más humano, justo y eficiente, mediante el cual el individuo pueda alcanzar su desarrollo y realización integral.
Objetivos y Funciones de la Administración de Recursos Humano.
En las distintas entidades económicas, el área responsable de esta función, recibe nombres diferentes, tales como Personal, Relaciones Industriales o Recursos Humanos y en relación con el tamaño de la propia empresa, pude constituir desde una jefatura, un departamento, una gerencia, o hasta una dirección, por lo que jerárquicamente ocupa un nivel igual a las demás áreas operativas o de servicios. En cuanto a la autoridad que ejerce, siempre se le ha considerado como asesor de las gerencias operativas o de servicio, contando con autoridad de línea sólo en relación con sus subordinados.
Cualquiera que sea el caso y en cualquier entidad económica, las funciones que la administración de recursos humanos desempeña para lograr sus objetivos particulares y así contribuir a lograr el objetivo social de la organización, lo cual es su razón de ser, serán siempre las mismas; es decir, los objetivos que en beneficio de los trabajadores, de la comunidad y de la propia organización, cumple esta función, son:
Desarrollar y administrar políticas, programas y procedimientos para proveer una estructura organizacional eficiente, empleados capaces, trato equitativo, oportunidades de progreso, satisfacción en el trabajo y seguridad en el mismo.
En la administración general y particularmente en la administración de recursos humanos, se emplean diversos términos básicos que es necesario aclarar y tenerlos presentes:
Función: Conjunto de actividades de naturaleza distinta que persiguen fines u objetivos comunes. Por ejemplo, admisión y empleo, se integra de varias actividades que tienen como objetivo colocar al hombre adecuado en el puesto adecuado.
Subfunción: Es el conjunto de técnicas y procedimientos en que se divide una función: Por ejemplo, la selección de personal, es un conjunto de técnicas y procedimientos llamadas pruebas, que el aspirante debe seguir en un orden determinado para el desarrollo del proceso
. Actividad: Es la observación y práctica de una serie de principios o políticas apoyadas en las técnicas y procedimientos administrativos para alcanzar los objetivos de la función. Por ejemplo, el auxiliar contable debe observar ciertos principios en el registro de las operaciones.
Objetivo: Es una meta por alcanzar en determinado tiempo y bajo ciertas circunstancias. Por ejemplo, si el índice de accidentes de trabajo en la empresa es actualmente del 5%, al término del año deberá ser reducido al 3%.
Política: Es un curso de acción o camino que se debe seguir para alcanzar los objetivos establecidos. Por ejemplo, todo trabajador para ingresar a la empresa, debe contar con un preparación académica mínima predeterminada.
Las funciones de la administración de recursos humanos, así como los objetivos particulares de cada una y las políticas respectivas, se enuncian a continuación:
FUNCIÓN: Admisión y Empleo
Objetivo: Lograr que todos los puestos de la organización sean cubiertos por personal idóneo, de acuerdo con una adecuada planeación de recursos humanos.
SUBFUNCIONES:
Reclutamiento:
Objetivo: Buscar, localizar y atraer candidatos capaces para cubrir los puestos vacantes.
Política: Siempre que se registre una vacante, antes de recurrir a fuentes externas, se procurará cubrirla con personas que ya estén laborando en la empresa y para quienes esto signifique un ascenso.
Selección:
Objetivo: Analizar las habilidades y capacidades de los solicitantes a fin de decidir, sobre bases objetivas, cuáles tienen mayor potencial para el desempeño de un puesto y posibilidades de un desarrollo futuro, tanto personal como para la organización.
Política: Para efectos de una selección objetiva, deberá recurrirse al uso de técnicas como el análisis de puestos, pruebas psicotécnicas, encuestas socioeconómicas, etc.
Contratación:
Objetivo: Establecer, entre la organización y el trabajador, las condiciones bajo las cuales se realizará la prestación de los servicios.
Política: La decisión final en relación a cuál de los candidatos ha de elegirse, corresponde a quien será su jefe inmediato, recursos humanos sólo debe presentar candidatos idóneos.
Inducción:
Objetivo: Proporcionar al nuevo trabajador toda la información necesaria para que se incorpore de manera rápida al grupo social del que formará parte y se identifique con la organización.
Política: Publicar y difundir los objetivos y políticas de la organización, así como todos los aspectos que la caracterizan, para hacer partícipes de la misma a los diferentes grupos que la componen.
FUNCIÓN: Administración de Salarios
Objetivo: Lograr que todos los trabajadores sean justa y equitativamente compensados mediante sistemas de remuneración racional del trabajo, de acuerdo al esfuerzo, eficiencia, responsabilidad y condiciones de trabajo de cada puesto.
Política: Estar en situación de competencia y aún de ventaja en el mercado de trabajo, para contar con los mejores elementos posibles y lograr una eficaz distribución de la riqueza a través de los salarios.
FUNCIÓN: Relaciones Internas
Objetivo: Lograr que las relaciones establecidas entre la dirección y el personal, así como la satisfacción en el trabajo y las oportunidades de progreso del trabajador, sean desarrolladas y mantenidas, conciliando los intereses de ambas partes.
Política: Respetar siempre la dignidad del trabajador, escuchándolo y reconociéndole su labor como elemento competente e importante dentro de la empresa y como parte integrante de la comunidad.
FUNCIÓN: Servicios al Personal
Objetivo: Satisfacer las necesidades de los trabajadores que laboran en la empresa, tratando de ayudarles en problemas relacionados con su seguridad y bienestar personal.
Política: En la resolución de problemas de tipo personal, mantener una actitud de madurez y respeto a la vida privada del trabajador, evitando caer en una situación paternalista.
FUNCIÓN: Plantación de Recursos Humanos
Objetivo: Promover la actualización del potencial humano, analizando las posibilidades de desarrollo de los trabajadores para diseñar programas de capacitación y adiestramiento, es decir, preparar al personal en cuanto a conocimientos, intereses y actitudes, para poder cubrir las necesidades futuras de la organización.
Política: Se procurará siempre que cada trabajador ocupe el puesto que le corresponda, de acuerdo con su preparación, habilidad y experiencia.
Tomando en consideración todo lo antes mencionado en cuanto a sus funciones, subfunciones, objetivos y políticas, podemos establecer que:
La Administración de Recursos Humanos es el proceso administrativo aplicado al acrecentamiento y conservación del esfuerzo, las experiencias, los conocimientos, las habilidades y la salud de los miembros de la organización, en beneficio del individuo, de la propia organización y de la comunidad en general.
Ahora, mediante dos esquemas organizacionales ubicamos, en el primero, la administración de recursos humanos dentro de la entidad económica y el segundo, es un ejemplo su estructura orgánica:
martes, 14 de marzo de 2017
Tipos de Capital
Diversos Conceptos de Capital.
Toda sociedad debe contar con un capital propio, independiente del que puedan poseer las personas, físicas o morales, que la conforman. Para el estudio del capital en las sociedades mercantiles, ya sea que se hayan constituido bajo el régimen de capital fijo o variable, encontramos los conceptos siguientes:
a)Capital Social: Es la suma de aportaciones en dinero o en especie que, para formar su patrimonio, se comprometen a entregar las personas, físicas o morales, que integran la sociedad.
b)Capital Exhibido: Es el que, de aquel que se comprometieron a aportar los socios, ha sido realmente pagado, ya sea en efectivo o en bienes. El capital exhibido será igual al capital social cuando este último haya sido totalmente pagado y será inferior cuando no haya sido liquidado en su totalidad, pero en ningún caso el capital exhibido podrá ser mayor al social.
c)Capital Autorizado: Este concepto se encuentra sólo en las sociedades de capital variable y representa el total del capital que, como máximo, puede tener la sociedad sin modificar su escritura constitutiva. Este capital puede o no estar totalmente suscrito, pero en todo caso, deberá estar colocado el mínimo que indica la ley para cada tipo de sociedad, o el que señale la escritura social.
d)Capital Suscrito: Este capital es el que se han comprometido a aportar los socios en una sociedad de capital variable. Por lo tanto, podemos deducir que, el Capital Suscrito en las sociedades de capital variable, es similar al Capital Social en las sociedades de capital fijo.
El capital suscrito puede ser fijo o variable. El primero, como ya se ha establecido, sólo puede modificarse por acuerdo de la Asamblea de socios, siempre que dicha modificación no origine que el capital fijo sea inferior al mínimo que señala la ley. El segundo, o sea el capital variable, puede ser aumentado o disminuido en cualquier época, siempre que se llenen los requisitos que establece el contrato social.
e)Capital Social y Capital Contable: En contabilidad denominamos Capital a la diferencia entre el Activo y el Pasivo. Para distinguir entre Capital Social y dicha diferencia, en la práctica, ha sido generalmente aceptado conocerla con el nombre de Capital Contable, el cual, en el Balance General, no se presenta bajo un solo concepto, es decir, no existe en la contabilidad una cuenta que se denomine Capital Contable, sino que éste se determina mediante la reunión de diversas cuentas.
Toda sociedad debe contar con un capital propio, independiente del que puedan poseer las personas, físicas o morales, que la conforman. Para el estudio del capital en las sociedades mercantiles, ya sea que se hayan constituido bajo el régimen de capital fijo o variable, encontramos los conceptos siguientes:
a)Capital Social: Es la suma de aportaciones en dinero o en especie que, para formar su patrimonio, se comprometen a entregar las personas, físicas o morales, que integran la sociedad.
b)Capital Exhibido: Es el que, de aquel que se comprometieron a aportar los socios, ha sido realmente pagado, ya sea en efectivo o en bienes. El capital exhibido será igual al capital social cuando este último haya sido totalmente pagado y será inferior cuando no haya sido liquidado en su totalidad, pero en ningún caso el capital exhibido podrá ser mayor al social.
c)Capital Autorizado: Este concepto se encuentra sólo en las sociedades de capital variable y representa el total del capital que, como máximo, puede tener la sociedad sin modificar su escritura constitutiva. Este capital puede o no estar totalmente suscrito, pero en todo caso, deberá estar colocado el mínimo que indica la ley para cada tipo de sociedad, o el que señale la escritura social.
d)Capital Suscrito: Este capital es el que se han comprometido a aportar los socios en una sociedad de capital variable. Por lo tanto, podemos deducir que, el Capital Suscrito en las sociedades de capital variable, es similar al Capital Social en las sociedades de capital fijo.
El capital suscrito puede ser fijo o variable. El primero, como ya se ha establecido, sólo puede modificarse por acuerdo de la Asamblea de socios, siempre que dicha modificación no origine que el capital fijo sea inferior al mínimo que señala la ley. El segundo, o sea el capital variable, puede ser aumentado o disminuido en cualquier época, siempre que se llenen los requisitos que establece el contrato social.
e)Capital Social y Capital Contable: En contabilidad denominamos Capital a la diferencia entre el Activo y el Pasivo. Para distinguir entre Capital Social y dicha diferencia, en la práctica, ha sido generalmente aceptado conocerla con el nombre de Capital Contable, el cual, en el Balance General, no se presenta bajo un solo concepto, es decir, no existe en la contabilidad una cuenta que se denomine Capital Contable, sino que éste se determina mediante la reunión de diversas cuentas.
viernes, 24 de febrero de 2017
La Auditoria y sus Tipos
Concepto y Clases de Auditoria.
Concepto.
Auditoria, es el examen crítico que realiza un Contador Público independiente, de los libros y registros de una entidad económica, basado en técnicas específicas con la finalidad de opinar sobre la razonabilidad de las cifras que muestran los estados financieros.
Para que el Contador Público pueda emitir su opinión, antes debe cerciorarse, a través de su revisión basada en normas y procedimientos de auditoria, de que los datos asentados en los registros contables y presentados en la información financiera, son razonables de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.
La información financiera goza de la aceptación de terceros, cuando el Contador Público independiente confirma la confiabilidad de la misma, a través de su opinión escrita en un documento llamado Dictamen. Es decir que, por medio del Dictamen, el auditor independiente expresa su opinión e informa a los interesados en la marcha de la entidad, si los datos contenidos en sus estados financieros son o no confiables.
Clases de Auditoria.
Tradicionalmente se reconocen dos clases de auditoria: Auditoria Interna y Auditoria Externa.
Auditoria Interna.
Es la que desarrolla el personal que depende, o es empleado, de la misma entidad en que se practica, el resultado de su trabajo tiene propósitos internos o de servicio para la propia organización; es un control cuyas funciones consisten en examinar y evaluar la adecuación y eficacia de otros controles y abarca aspectos financieros, administrativos y de operación.
El objetivo de la auditoria interna es apoyar a los miembros de la entidad en el desempeño de sus actividades, proporcionándoles análisis, evaluaciones, recomendaciones, asesoría e información relacionada con las actividades y áreas revisadas, para asegurar el cumplimiento de políticas, procedimientos, planes y ordenamientos legales que tengan impacto en las operaciones de la entidad
Para lograr dicho objetivo, el auditor interno debe ser independiente a las actividades que audite; su posición dentro de la organización ha de ser relevante para que pueda actuar con independencia y lleve a cabo su trabajo con libertad y objetividad; para lo cual, requiere una actitud de independencia mental y una honesta confianza sobre el resultado de su trabajo.
Auditoria Externa.
Conocida también como auditoría independiente, es la que desarrolla un profesional que no depende, ni económicamente ni bajo ninguna otra circunstancia, de la entidad por auditar y al que se le reconoce un juicio imparcial merecedor de la confianza de terceros.
El ejercicio de la auditoria externa puede estar encaminado hacia diversos objetivos que son los que definen a los distintos tipos o clases de auditoría independiente, como son:
Auditoria Administrativa.
Es la que se ocupa de verificar, evaluar y promover el cumplimiento y apego al correcto funcionamiento de las fases o elementos del proceso administrativo y lo que incide en ellos, complementando su acción con la evaluación de la calidad de la administración en su conjunto
Auditoria Operacional.
El ejercicio de la auditoria operacional consiste en dar efecto a uno de los objetivos del control interno: la promoción de eficiencia en la operación, complementada con la evaluación de la calidad de la misma. El objetivo fundamental de este tipo de auditoria es apoyar a la administración proporcionándole comentarios y recomendaciones que tiendan a mejorar la eficacia y eficiencia de las operaciones de la entidad.
Auditoría Fiscal.
Es la que se encarga de verificar el cumplimiento correcto y oportuno de las distintas obligaciones tributarias de las entidades económicas desde el punto de vista del fisco federal, estatal o municipal. Este tipo de auditoria incluye las revisiones que llevan a cabo los organismos facultados para imponer gravámenes a las entidades, como pueden ser el IMSS y el Infonavit.
Auditoria de Estados Financieros.
Es el examen que efectúa un Contador Público independiente a la información financiera de su cliente. Es la revisión total o parcial de estados financieros, con un criterio y punto de vista independiente, con el objeto de expresar una opinión respecto a ellos para efectos ante terceros. Esta clase de auditoria es la actividad más característica del Contador Público y a ella nos estaremos refiriendo en el resto del curso.
Concepto.
Auditoria, es el examen crítico que realiza un Contador Público independiente, de los libros y registros de una entidad económica, basado en técnicas específicas con la finalidad de opinar sobre la razonabilidad de las cifras que muestran los estados financieros.
Para que el Contador Público pueda emitir su opinión, antes debe cerciorarse, a través de su revisión basada en normas y procedimientos de auditoria, de que los datos asentados en los registros contables y presentados en la información financiera, son razonables de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.
La información financiera goza de la aceptación de terceros, cuando el Contador Público independiente confirma la confiabilidad de la misma, a través de su opinión escrita en un documento llamado Dictamen. Es decir que, por medio del Dictamen, el auditor independiente expresa su opinión e informa a los interesados en la marcha de la entidad, si los datos contenidos en sus estados financieros son o no confiables.
Clases de Auditoria.
Tradicionalmente se reconocen dos clases de auditoria: Auditoria Interna y Auditoria Externa.
Auditoria Interna.
Es la que desarrolla el personal que depende, o es empleado, de la misma entidad en que se practica, el resultado de su trabajo tiene propósitos internos o de servicio para la propia organización; es un control cuyas funciones consisten en examinar y evaluar la adecuación y eficacia de otros controles y abarca aspectos financieros, administrativos y de operación.
El objetivo de la auditoria interna es apoyar a los miembros de la entidad en el desempeño de sus actividades, proporcionándoles análisis, evaluaciones, recomendaciones, asesoría e información relacionada con las actividades y áreas revisadas, para asegurar el cumplimiento de políticas, procedimientos, planes y ordenamientos legales que tengan impacto en las operaciones de la entidad
Para lograr dicho objetivo, el auditor interno debe ser independiente a las actividades que audite; su posición dentro de la organización ha de ser relevante para que pueda actuar con independencia y lleve a cabo su trabajo con libertad y objetividad; para lo cual, requiere una actitud de independencia mental y una honesta confianza sobre el resultado de su trabajo.
Auditoria Externa.
Conocida también como auditoría independiente, es la que desarrolla un profesional que no depende, ni económicamente ni bajo ninguna otra circunstancia, de la entidad por auditar y al que se le reconoce un juicio imparcial merecedor de la confianza de terceros.
El ejercicio de la auditoria externa puede estar encaminado hacia diversos objetivos que son los que definen a los distintos tipos o clases de auditoría independiente, como son:
Auditoria Administrativa.
Es la que se ocupa de verificar, evaluar y promover el cumplimiento y apego al correcto funcionamiento de las fases o elementos del proceso administrativo y lo que incide en ellos, complementando su acción con la evaluación de la calidad de la administración en su conjunto
Auditoria Operacional.
El ejercicio de la auditoria operacional consiste en dar efecto a uno de los objetivos del control interno: la promoción de eficiencia en la operación, complementada con la evaluación de la calidad de la misma. El objetivo fundamental de este tipo de auditoria es apoyar a la administración proporcionándole comentarios y recomendaciones que tiendan a mejorar la eficacia y eficiencia de las operaciones de la entidad.
Auditoría Fiscal.
Es la que se encarga de verificar el cumplimiento correcto y oportuno de las distintas obligaciones tributarias de las entidades económicas desde el punto de vista del fisco federal, estatal o municipal. Este tipo de auditoria incluye las revisiones que llevan a cabo los organismos facultados para imponer gravámenes a las entidades, como pueden ser el IMSS y el Infonavit.
Auditoria de Estados Financieros.
Es el examen que efectúa un Contador Público independiente a la información financiera de su cliente. Es la revisión total o parcial de estados financieros, con un criterio y punto de vista independiente, con el objeto de expresar una opinión respecto a ellos para efectos ante terceros. Esta clase de auditoria es la actividad más característica del Contador Público y a ella nos estaremos refiriendo en el resto del curso.
La Contaduría Pública, Área de Actuación
La Contaduría Pública, Área de Actuación.
La Contaduría Pública es una profesión que satisface necesidades concretas del grupo social, consistentes en obtener y comprobar información relativa a la obtención y aplicación de los recursos materiales que manejan las entidades económicas.
Dicha información, obtenida por medio de la contabilidad y comprobada por la auditoria, recibe el nombre de información financiera, en virtud de que las finanzas, término del que toma su nombre, es la disciplina que se encarga del estudio de la obtención y aplicación de los recursos materiales. Por otro lado, el flujo de recursos materiales en las entidades económicas se efectúa a través de operaciones llamadas transacciones, las cuales persiguen objetivos determinados; por ejemplo, cuando una entidad económica efectúa transacciones comerciales, lo hace persiguiendo un fin de lucro.
Ahora bien, la información financiera que obtiene la contabilidad y comprueba la auditoria, tiene por objeto, en primer lugar, que los interesados en la marcha de las entidades económicas cuenten con elementos de juicio que les permitan tomar decisiones acertadas y en segundo término, que al contar con información sobre lo que acontece en la entidad, puedan vigilar sus recursos, es decir, puedan ejercer control sobre los mismos.
Para dar cumplimiento a sus objetivos, la Contaduría Pública cuenta con un cuerpo de conocimientos organizado y regulado por una teoría específica, la Teoría Contable y la aplica siguiendo un método constituido por determinadas fases o etapas que integran un proceso, el Proceso Contable.
Con lo antes expuesto, es posible delimitar los objetivos de la Contaduría Pública, así como esbozar una definición de la misma.
Objetivos.
La Contaduría Pública persigue dos objetivos fundamentales:
Obtener Información Financiera: Para ofrecer elementos de juicio a la administración de las entidades y puedan decidir sobre las actividades futuras, así como para ejercer control sobre sus recursos.
Comprobar Información Financiera: Para verificar que ha sido obtenida correctamente, de acuerdo con sus lineamientos teórico-prácticos.
Concepto.
La Contaduría Pública es una disciplina profesional de carácter científico que, fundamentada en una teoría específica y mediante la aplicación de un proceso, obtiene y comprueba información financiera sobre las transacciones celebradas por entidades económicas.
La Contaduría Pública, por lo tanto, básicamente ofrece dos servicios: Contabilidad, para obtener información financiera y Auditoria, para comprobar o verificar dicha información. Cada una de estas actividades se puede ejercer en alguna de las siguientes formas:
Independiente: Cuando el Contador Público ejerce libremente su profesión, ofreciendo sus servicios al público en general.
Dependiente: Cuando el Contador Público presta sus servicios profesionales a una entidad económica en particular.
La Contaduría Pública es una profesión que satisface necesidades concretas del grupo social, consistentes en obtener y comprobar información relativa a la obtención y aplicación de los recursos materiales que manejan las entidades económicas.
Dicha información, obtenida por medio de la contabilidad y comprobada por la auditoria, recibe el nombre de información financiera, en virtud de que las finanzas, término del que toma su nombre, es la disciplina que se encarga del estudio de la obtención y aplicación de los recursos materiales. Por otro lado, el flujo de recursos materiales en las entidades económicas se efectúa a través de operaciones llamadas transacciones, las cuales persiguen objetivos determinados; por ejemplo, cuando una entidad económica efectúa transacciones comerciales, lo hace persiguiendo un fin de lucro.
Ahora bien, la información financiera que obtiene la contabilidad y comprueba la auditoria, tiene por objeto, en primer lugar, que los interesados en la marcha de las entidades económicas cuenten con elementos de juicio que les permitan tomar decisiones acertadas y en segundo término, que al contar con información sobre lo que acontece en la entidad, puedan vigilar sus recursos, es decir, puedan ejercer control sobre los mismos.
Para dar cumplimiento a sus objetivos, la Contaduría Pública cuenta con un cuerpo de conocimientos organizado y regulado por una teoría específica, la Teoría Contable y la aplica siguiendo un método constituido por determinadas fases o etapas que integran un proceso, el Proceso Contable.
Con lo antes expuesto, es posible delimitar los objetivos de la Contaduría Pública, así como esbozar una definición de la misma.
Objetivos.
La Contaduría Pública persigue dos objetivos fundamentales:
Obtener Información Financiera: Para ofrecer elementos de juicio a la administración de las entidades y puedan decidir sobre las actividades futuras, así como para ejercer control sobre sus recursos.
Comprobar Información Financiera: Para verificar que ha sido obtenida correctamente, de acuerdo con sus lineamientos teórico-prácticos.
Concepto.
La Contaduría Pública es una disciplina profesional de carácter científico que, fundamentada en una teoría específica y mediante la aplicación de un proceso, obtiene y comprueba información financiera sobre las transacciones celebradas por entidades económicas.
La Contaduría Pública, por lo tanto, básicamente ofrece dos servicios: Contabilidad, para obtener información financiera y Auditoria, para comprobar o verificar dicha información. Cada una de estas actividades se puede ejercer en alguna de las siguientes formas:
Independiente: Cuando el Contador Público ejerce libremente su profesión, ofreciendo sus servicios al público en general.
Dependiente: Cuando el Contador Público presta sus servicios profesionales a una entidad económica en particular.
martes, 23 de agosto de 2016
LA EMPRESA Y FORMAS DE CONSTITUCIÓN
La sociedad.
Concepto.
Dado que las empresas o entidades económicas son organizadas e integradas por personas, para estar en posibilidad de definir el concepto de sociedad, antes es necesario definir los conceptos de: persona, persona física, persona moral y personalidad jurídica:
Persona: Es un ente susceptible de adquirir derechos y obligaciones.
Persona física: Es aquella considerada de forma individual, capaz de adquirir derechos y obligaciones.
Persona moral: Es aquella considerada en forma colectiva, con personalidad jurídica propia y distinta de la de los miembros que la integran. Su existencia está reconocida por el Derecho con la finalidad de que, asociándose, el hombre pueda realizar actividades que no le serían accesibles de forma individual.
Personalidad jurídica: Es una posibilidad abstracta para actuar como sujeto activo o pasivo en todas las relaciones jurídicas que puedan presentarse. La personalidad jurídica es única, indivisa y abstracta, se adquiere con el nacimiento y se pierde por la muerte.
También sabemos que las empresas o entidades económicas se pueden clasificar atendiendo a diversos criterios o enfoques:
Atendiendo a su régimen legal, se clasifican en:
• Empresas persona física: Son aquellas entidades económicas que están representadas por una sola persona. Ejemplos: un comerciante, un industrial, un profesional independiente.
• Empresas persona moral: Son aquellas entidades económicas representadas por un grupo o conjunto de personas físicas. Ejemplos: una sociedad mercantil, una sociedad civil, una sociedad cooperativa.
Atendiendo a sus objetivos, se clasifican en:
• Empresas lucrativas: Son aquellas entidades económicas cuyo objetivo primordial es la obtención de utilidades. Ejemplos: un comerciante, un industrial, una sociedad mercantil, una sociedad cooperativa.
• Empresas no lucrativas: Son aquellas entidades económicas cuyo objetivo fundamental es satisfacer una necesidad de carácter social. Ejemplos: una sociedad cultural, una asociación deportiva.
Por todo lo anterior podemos deducir que: Una empresa lucrativa, persona moral, se constituye legalmente bajo la forma de sociedad mercantil, a la cual podemos definir como:
La empresa persona moral con personalidad jurídica propia y distinta de la que posee cada uno de sus integrantes, los cuales aportan bienes o trabajo para la realización de un fin común, lícito y de carácter preponderantemente lucrativo.
De acuerdo con la definición anterior, para que una sociedad mercantil pueda existir legalmente deben concurrir varios elementos:
a)Una sociedad es una persona moral, es decir, una entidad organizada para la realización de fines colectivos, a la que el Derecho le reconoce capacidad para adquirir derechos y obligaciones.
b)Para formar una sociedad es necesario que intervengan dos o más personas, las cuales pueden ser personas físicas, personas o morales, o bien, personas físicas y morales.
c)Las personas que van a integrar la sociedad deberán aportar bienes, sea en efectivo o en especie, conocimientos o trabajo.
El fin que persiga la sociedad, preponderantemente lucrativo, deberá ser lícito, es decir, deberá estar dentro de la ley, o en otras palabras, no debe estar prohibido por la ley. De acuerdo con la definición anterior, para que una sociedad mercantil pueda existir legalmente deben concurrir varios elementos:
a)Una sociedad es una persona moral, es decir, una entidad organizada para la realización de fines colectivos, a la que el Derecho le reconoce capacidad para adquirir derechos y obligaciones.
b)Para que una sociedad se considere mercantil, independientemente de sus objetivos o actividad, debe constituirse cumpliendo los requisitos que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Formas legales de constitución
El artículo 4º de la Ley General de Sociedades Mercantiles, establece: Se considerarán mercantiles todas las sociedades que se constituyan en alguna de las formas reconocidas en el artículo 1º de esta ley. A su vez, dicho artículo reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en comandita simple
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad anónima
Sociedad en comandita por acciones y
Sociedad cooperativa
Cualquiera de las primeras cinco especies de sociedades a que se refiere este artículo podrán constituirse como sociedades de capital variable, observando entonces las disposiciones del Capítulo VIII de esta ley.
Clasificación de las sociedades mercantiles
Las sociedades mercantiles se pueden clasificar atendiendo a tres distintos criterios: predominio de los elementos personal o patrimonial, responsabilidad de los socios y variabilidad de su capital.
1.Atendiendo al elemento personal o patrimonial:
a)Sociedades de personas: Son aquellas en las cuales, de los tres elementos del contrato social: el personal, el patrimonial y el formal, predomina el personal, es decir, que a los terceros que contratan con la sociedad, les interesa principalmente la personalidad, honradez y prestigio de los socios. A esta clase corresponden la sociedad en nombre colectivo y la sociedad en comandita simple.
b)Sociedades de capitales: Son aquellas en las cuales el elemento predominante es el patrimonial, es decir, que a los terceros que contratan con la sociedad, tienen especial interés en el monto de su capital. A esta categoría pertenecen la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones.
2.Atendiendo a la responsabilidad de los socios:
a)Sociedades de responsabilidad ilimitada: Son aquellas en las cuales los socios responden de las obligaciones sociales hasta con su patrimonio personal. En esta categoría se encuentran la sociedad en nombre colectivo y la sociedad en comandita simple.
b)Sociedades de responsabilidad limitada: Son aquellas en las cuales los socios responden de las obligaciones sociales sólo hasta por el monto de sus aportaciones. Tal es el caso de la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones.
3.Atendiendo a la variabilidad de su capital:
a)Sociedades de capital fijo: Son aquellas que para aumentar o disminuir el monto de su capital social deben cumplir con los requisitos siguientes:
•Celebrar asamblea extraordinaria de socios y levantar acta de la misma
•Protocolizar el acta ante notario público e
•Inscribir el acta en el Registro Público de Comercio.
b)Sociedades de capital variable: Son aquellas que pueden aumentar o disminuir el monto de su capital social sin cumplir con los requisitos anteriores, siempre que el aumento no sobrepase el importe del capital autorizado, ni la disminución sea mayor al mínimo legal, en caso contrario deberán cumplir con lo establecido para las sociedades de capital fijo.
En el primer grupo quedan las primeras cinco clases de sociedades que la ley reconoce y en el segundo, sólo la sociedad cooperativa, que es por esencia de capital variable. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 1º de la propia ley, todas las especies de sociedades pueden adoptar la forma de capital variable.
Proceso de constitución
Las sociedades se constituirán por escritura pública otorgada ante notario público y en la misma forma se harán constar sus modificaciones. El notario no autorizará la escritura cuando los estatutos o sus modificaciones contravengan lo dispuesto por esta ley. (Art. 5 LGSM)
La escritura social deberá presentarse dentro del término de quince días a partir de su fecha, para ser inscrita en el Registro Público de Comercio. Desde la fecha de su inscripción en dicho Registro, las sociedades mercantiles adquieren personalidad jurídica distinta de la de los socios.
Las sociedades no inscritas en el Registro Público de Comercio que se hayan exteriorizado como tales frente a terceros, consten o no en escritura pública, tendrán personalidad jurídica. Estas sociedades son irregulares, se regirán por el contrato social respectivo y en su defecto, por las disposiciones generales y por las especiales de esta ley, según la clase de sociedad de que se trate.
Las personas que realicen actos jurídicos como representantes o mandatarios de una sociedad irregular, responderán del cumplimiento de los mismos frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que hubieren incurrido. (Art. 7 y 2 LGSM)
Las sociedades mercantiles deberán tener un objeto lícito, es decir permitido por la ley, pues de lo contrario serán nulas y se procederá a su inmediata liquidación a petición que en todo tiempo podrá hacer cualquier persona, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar.
La liquidación se limitará a realizar el activo social para pagar las deudas de la sociedad. El remanente se aplicará al pago de la responsabilidad civil y si ésta no existiera, a la beneficencia pública de la localidad en la que la sociedad haya tenido su domicilio. (Art. 3 LGSM)
Órganos de las sociedades
Como personas morales o jurídicas las sociedades funcionan por medio de sus órganos. Según la especie de sociedad, sea de personas o de capitales, varía la naturaleza de los órganos representativos de las mismas.
En las sociedades de capitales en las que las aportaciones de los socios reciben el nombre genérico de acción, se reconocen tres clases de dichos órganos:
1.Órgano de soberanía: Constituido por la Asamblea general de socios, que puede ser ordinaria o extraordinaria, la cual tiene una función interna encaminada directamente a la constitución del órgano administrativo o representativo de la sociedad y resuelve sobre cuestiones relativas a su organización y bases de funcionamiento.
2.Órgano de gestión: Constituido por el Consejo de administración y el director o gerente general, el cual tiene una función externa de representación y de trato con quienes la sociedad lleva relaciones jurídicas o comerciales.
3.Órgano de control: Constituido por el Consejo de vigilancia o comisarios, cuya función es vigilar ilimitadamente y en cualquier tiempo las operaciones de la sociedad.
Administración de las sociedades
La representación de las sociedades mercantiles corresponderá a su administrador o administradores, quienes podrán realizar todas las operaciones relativas al objeto de la sociedad, salvo lo que expresamente establezcan la ley y el contrato social. (Art. 10 LGSM)
a)Ejercicio social: El ejercicio social de las sociedades mercantiles coincidirá con el año de calendario, salvo que las mismas queden legalmente constituidas con posterioridad al primero de enero del año que corresponda, en cuyo caso el primer ejercicio se iniciará en la fecha de su constitución y concluirá el 31 de diciembre del mismo año. (Art. 8-A LGSM)
b)Aportaciones: Todas las aportaciones de bienes que hagan los socios se entenderán traslativas de propiedad. El socio que aporte créditos responderá de la existencia y legitimidad de ellos, así como de la solvencia del deudor en el momento de la aportación. (Art. 11 y 12 LGSM)
c)Aumento y disminución de capital: Toda sociedad podrá aumentar o disminuir su capital, observando según su naturaleza, los requisitos que exige esta ley. (Art. 9 LGSM)
d)Admisión y separación de socios: El nuevo socio de una sociedad ya constituida responderá de todas las obligaciones sociales contraídas antes de su admisión, aun cuando se modifique la razón social o la denominación. El socio que se separe o fuere excluido de una sociedad, quedará responsable para con los terceros, de todas las operaciones pendientes en el momento de la separación. (Art. 13 y 14 LGSM)
e)Reparto de utilidades y pérdidas: En el reparto de las ganancias o pérdidas se observarán, salvo pacto en contrario, las reglas siguientes: (Art. 16, 17, 18, 19 y 20 LGSM)
•Las ganancias o pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportaciones.
•No producirán ningún efecto legal las estipulaciones que excluyan a uno o más socios de la participación de las ganancias.
•Si hubiere pérdidas del capital social, este deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse repartición o asignación de utilidades.
•La distribución de las utilidades sólo podrá hacerse después de que hayan sido debidamente aprobados, por la asamblea de socios, los estados financieros que las arrojen. Tampoco podrá hacerse distribución de utilidades mientras no hayan sido restituidas o absorbidas las pérdidas sufridas en uno o varios ejercicios anteriores o haya sido reducido el capital social.
•De las utilidades netas de toda sociedad deberá separase anualmente el cinco por ciento, como mínimo, para formar el fondo de reserva, hasta que importe la quinta parte del capital social. Dicho fondo deberá ser reconstituido de la misma manera cuando disminuya por cualquier motivo.
La escritura constitutiva
La escritura constitutiva o contrato social de las sociedades en general, deberá contener los requisitos o datos siguientes: (Art. 6 LGSM)
Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad
Su razón social o denominación
El domicilio de la sociedad
El objeto de la sociedad
Su duración
El importe del capital social
La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes
La manera como haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores
El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social
La manera de hacer la distribución de utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad El importe del fondo de reserva
Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente y
Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y cómo deben elegirse los liquidadores, cuando no se designen anticipadamente.
Todos estos requisitos y las demás reglas que se establezcan en la escritura sobre la organización y funcionamiento de la sociedad constituirán los estatutos de la misma.
Concepto.
Dado que las empresas o entidades económicas son organizadas e integradas por personas, para estar en posibilidad de definir el concepto de sociedad, antes es necesario definir los conceptos de: persona, persona física, persona moral y personalidad jurídica:
Persona: Es un ente susceptible de adquirir derechos y obligaciones.
Persona física: Es aquella considerada de forma individual, capaz de adquirir derechos y obligaciones.
Persona moral: Es aquella considerada en forma colectiva, con personalidad jurídica propia y distinta de la de los miembros que la integran. Su existencia está reconocida por el Derecho con la finalidad de que, asociándose, el hombre pueda realizar actividades que no le serían accesibles de forma individual.
Personalidad jurídica: Es una posibilidad abstracta para actuar como sujeto activo o pasivo en todas las relaciones jurídicas que puedan presentarse. La personalidad jurídica es única, indivisa y abstracta, se adquiere con el nacimiento y se pierde por la muerte.
También sabemos que las empresas o entidades económicas se pueden clasificar atendiendo a diversos criterios o enfoques:
Atendiendo a su régimen legal, se clasifican en:
• Empresas persona física: Son aquellas entidades económicas que están representadas por una sola persona. Ejemplos: un comerciante, un industrial, un profesional independiente.
• Empresas persona moral: Son aquellas entidades económicas representadas por un grupo o conjunto de personas físicas. Ejemplos: una sociedad mercantil, una sociedad civil, una sociedad cooperativa.
Atendiendo a sus objetivos, se clasifican en:
• Empresas lucrativas: Son aquellas entidades económicas cuyo objetivo primordial es la obtención de utilidades. Ejemplos: un comerciante, un industrial, una sociedad mercantil, una sociedad cooperativa.
• Empresas no lucrativas: Son aquellas entidades económicas cuyo objetivo fundamental es satisfacer una necesidad de carácter social. Ejemplos: una sociedad cultural, una asociación deportiva.
Por todo lo anterior podemos deducir que: Una empresa lucrativa, persona moral, se constituye legalmente bajo la forma de sociedad mercantil, a la cual podemos definir como:
La empresa persona moral con personalidad jurídica propia y distinta de la que posee cada uno de sus integrantes, los cuales aportan bienes o trabajo para la realización de un fin común, lícito y de carácter preponderantemente lucrativo.
De acuerdo con la definición anterior, para que una sociedad mercantil pueda existir legalmente deben concurrir varios elementos:
a)Una sociedad es una persona moral, es decir, una entidad organizada para la realización de fines colectivos, a la que el Derecho le reconoce capacidad para adquirir derechos y obligaciones.
b)Para formar una sociedad es necesario que intervengan dos o más personas, las cuales pueden ser personas físicas, personas o morales, o bien, personas físicas y morales.
c)Las personas que van a integrar la sociedad deberán aportar bienes, sea en efectivo o en especie, conocimientos o trabajo.
El fin que persiga la sociedad, preponderantemente lucrativo, deberá ser lícito, es decir, deberá estar dentro de la ley, o en otras palabras, no debe estar prohibido por la ley. De acuerdo con la definición anterior, para que una sociedad mercantil pueda existir legalmente deben concurrir varios elementos:
a)Una sociedad es una persona moral, es decir, una entidad organizada para la realización de fines colectivos, a la que el Derecho le reconoce capacidad para adquirir derechos y obligaciones.
b)Para que una sociedad se considere mercantil, independientemente de sus objetivos o actividad, debe constituirse cumpliendo los requisitos que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Formas legales de constitución
El artículo 4º de la Ley General de Sociedades Mercantiles, establece: Se considerarán mercantiles todas las sociedades que se constituyan en alguna de las formas reconocidas en el artículo 1º de esta ley. A su vez, dicho artículo reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en comandita simple
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad anónima
Sociedad en comandita por acciones y
Sociedad cooperativa
Cualquiera de las primeras cinco especies de sociedades a que se refiere este artículo podrán constituirse como sociedades de capital variable, observando entonces las disposiciones del Capítulo VIII de esta ley.
Clasificación de las sociedades mercantiles
Las sociedades mercantiles se pueden clasificar atendiendo a tres distintos criterios: predominio de los elementos personal o patrimonial, responsabilidad de los socios y variabilidad de su capital.
1.Atendiendo al elemento personal o patrimonial:
a)Sociedades de personas: Son aquellas en las cuales, de los tres elementos del contrato social: el personal, el patrimonial y el formal, predomina el personal, es decir, que a los terceros que contratan con la sociedad, les interesa principalmente la personalidad, honradez y prestigio de los socios. A esta clase corresponden la sociedad en nombre colectivo y la sociedad en comandita simple.
b)Sociedades de capitales: Son aquellas en las cuales el elemento predominante es el patrimonial, es decir, que a los terceros que contratan con la sociedad, tienen especial interés en el monto de su capital. A esta categoría pertenecen la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones.
2.Atendiendo a la responsabilidad de los socios:
a)Sociedades de responsabilidad ilimitada: Son aquellas en las cuales los socios responden de las obligaciones sociales hasta con su patrimonio personal. En esta categoría se encuentran la sociedad en nombre colectivo y la sociedad en comandita simple.
b)Sociedades de responsabilidad limitada: Son aquellas en las cuales los socios responden de las obligaciones sociales sólo hasta por el monto de sus aportaciones. Tal es el caso de la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones.
3.Atendiendo a la variabilidad de su capital:
a)Sociedades de capital fijo: Son aquellas que para aumentar o disminuir el monto de su capital social deben cumplir con los requisitos siguientes:
•Celebrar asamblea extraordinaria de socios y levantar acta de la misma
•Protocolizar el acta ante notario público e
•Inscribir el acta en el Registro Público de Comercio.
b)Sociedades de capital variable: Son aquellas que pueden aumentar o disminuir el monto de su capital social sin cumplir con los requisitos anteriores, siempre que el aumento no sobrepase el importe del capital autorizado, ni la disminución sea mayor al mínimo legal, en caso contrario deberán cumplir con lo establecido para las sociedades de capital fijo.
En el primer grupo quedan las primeras cinco clases de sociedades que la ley reconoce y en el segundo, sólo la sociedad cooperativa, que es por esencia de capital variable. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 1º de la propia ley, todas las especies de sociedades pueden adoptar la forma de capital variable.
Proceso de constitución
Las sociedades se constituirán por escritura pública otorgada ante notario público y en la misma forma se harán constar sus modificaciones. El notario no autorizará la escritura cuando los estatutos o sus modificaciones contravengan lo dispuesto por esta ley. (Art. 5 LGSM)
La escritura social deberá presentarse dentro del término de quince días a partir de su fecha, para ser inscrita en el Registro Público de Comercio. Desde la fecha de su inscripción en dicho Registro, las sociedades mercantiles adquieren personalidad jurídica distinta de la de los socios.
Las sociedades no inscritas en el Registro Público de Comercio que se hayan exteriorizado como tales frente a terceros, consten o no en escritura pública, tendrán personalidad jurídica. Estas sociedades son irregulares, se regirán por el contrato social respectivo y en su defecto, por las disposiciones generales y por las especiales de esta ley, según la clase de sociedad de que se trate.
Las personas que realicen actos jurídicos como representantes o mandatarios de una sociedad irregular, responderán del cumplimiento de los mismos frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que hubieren incurrido. (Art. 7 y 2 LGSM)
Las sociedades mercantiles deberán tener un objeto lícito, es decir permitido por la ley, pues de lo contrario serán nulas y se procederá a su inmediata liquidación a petición que en todo tiempo podrá hacer cualquier persona, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar.
La liquidación se limitará a realizar el activo social para pagar las deudas de la sociedad. El remanente se aplicará al pago de la responsabilidad civil y si ésta no existiera, a la beneficencia pública de la localidad en la que la sociedad haya tenido su domicilio. (Art. 3 LGSM)
Órganos de las sociedades
Como personas morales o jurídicas las sociedades funcionan por medio de sus órganos. Según la especie de sociedad, sea de personas o de capitales, varía la naturaleza de los órganos representativos de las mismas.
En las sociedades de capitales en las que las aportaciones de los socios reciben el nombre genérico de acción, se reconocen tres clases de dichos órganos:
1.Órgano de soberanía: Constituido por la Asamblea general de socios, que puede ser ordinaria o extraordinaria, la cual tiene una función interna encaminada directamente a la constitución del órgano administrativo o representativo de la sociedad y resuelve sobre cuestiones relativas a su organización y bases de funcionamiento.
2.Órgano de gestión: Constituido por el Consejo de administración y el director o gerente general, el cual tiene una función externa de representación y de trato con quienes la sociedad lleva relaciones jurídicas o comerciales.
3.Órgano de control: Constituido por el Consejo de vigilancia o comisarios, cuya función es vigilar ilimitadamente y en cualquier tiempo las operaciones de la sociedad.
Administración de las sociedades
La representación de las sociedades mercantiles corresponderá a su administrador o administradores, quienes podrán realizar todas las operaciones relativas al objeto de la sociedad, salvo lo que expresamente establezcan la ley y el contrato social. (Art. 10 LGSM)
a)Ejercicio social: El ejercicio social de las sociedades mercantiles coincidirá con el año de calendario, salvo que las mismas queden legalmente constituidas con posterioridad al primero de enero del año que corresponda, en cuyo caso el primer ejercicio se iniciará en la fecha de su constitución y concluirá el 31 de diciembre del mismo año. (Art. 8-A LGSM)
b)Aportaciones: Todas las aportaciones de bienes que hagan los socios se entenderán traslativas de propiedad. El socio que aporte créditos responderá de la existencia y legitimidad de ellos, así como de la solvencia del deudor en el momento de la aportación. (Art. 11 y 12 LGSM)
c)Aumento y disminución de capital: Toda sociedad podrá aumentar o disminuir su capital, observando según su naturaleza, los requisitos que exige esta ley. (Art. 9 LGSM)
d)Admisión y separación de socios: El nuevo socio de una sociedad ya constituida responderá de todas las obligaciones sociales contraídas antes de su admisión, aun cuando se modifique la razón social o la denominación. El socio que se separe o fuere excluido de una sociedad, quedará responsable para con los terceros, de todas las operaciones pendientes en el momento de la separación. (Art. 13 y 14 LGSM)
e)Reparto de utilidades y pérdidas: En el reparto de las ganancias o pérdidas se observarán, salvo pacto en contrario, las reglas siguientes: (Art. 16, 17, 18, 19 y 20 LGSM)
•Las ganancias o pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportaciones.
•No producirán ningún efecto legal las estipulaciones que excluyan a uno o más socios de la participación de las ganancias.
•Si hubiere pérdidas del capital social, este deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse repartición o asignación de utilidades.
•La distribución de las utilidades sólo podrá hacerse después de que hayan sido debidamente aprobados, por la asamblea de socios, los estados financieros que las arrojen. Tampoco podrá hacerse distribución de utilidades mientras no hayan sido restituidas o absorbidas las pérdidas sufridas en uno o varios ejercicios anteriores o haya sido reducido el capital social.
•De las utilidades netas de toda sociedad deberá separase anualmente el cinco por ciento, como mínimo, para formar el fondo de reserva, hasta que importe la quinta parte del capital social. Dicho fondo deberá ser reconstituido de la misma manera cuando disminuya por cualquier motivo.
La escritura constitutiva
La escritura constitutiva o contrato social de las sociedades en general, deberá contener los requisitos o datos siguientes: (Art. 6 LGSM)
Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad
Su razón social o denominación
El domicilio de la sociedad
El objeto de la sociedad
Su duración
El importe del capital social
La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes
La manera como haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores
El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social
La manera de hacer la distribución de utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad El importe del fondo de reserva
Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente y
Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y cómo deben elegirse los liquidadores, cuando no se designen anticipadamente.
Todos estos requisitos y las demás reglas que se establezcan en la escritura sobre la organización y funcionamiento de la sociedad constituirán los estatutos de la misma.
jueves, 11 de agosto de 2016
Funciones de una empresa comercial y de una industrial de transformación
En este curso, como ya se ha mencionado, nos referiremos únicamente a los costos de las operaciones industriales; por lo que es indispensable establecer las diferencias sobresalientes entre las funciones específicas de una empresa comercial y las de una industrial de transformación. En el cuadro de la página siguiente se comparan de manera objetiva las funciones de las dos clases de empresas, mostrando los nombres que reciben los costos en cada una de ellas, cuando se les aplican las técnicas y procedimientos que caracterizan a la contabilidad de costos.
La empresa comercial efectúa dos funciones específicas: adquisición y distribución. Compra las mercancías objeto de la venta en cierto estado, para ser vendidas posteriormente en las mismas condiciones en que fueron adquiridas, por lo que el control de las mismas, en todo caso, no es muy complicado, precisamente por que lo que revende no sufre modificaciones.
La empresa industrial introduce una nueva función dentro de las que integran la entidad comercial, la cual es precisamente la de producción o manufactura, cuyos costos se conocen con el nombre de costos de producción, integrados por el costo de la materia prima sujeta a transformación, el trabajo para realizar la manufactura y una serie de erogaciones de fabrica que intervienen en dicha transformación.
Su primera función consiste en la compra de materias primas, cuyo costo se forma por el valor de factura del proveedor, más todos los gastos referentes al traslado de los materiales desde el almacén del proveedor hasta el de la propia empresa. La primera función concluye en el momento en que las materias primas son recibidas por el almacén de la empresa y se encuentran en condiciones de ser utilizadas en la producción.
La segunda función, que es la diferencia sobresaliente en relación con las que desarrolla la entidad comercial, comprende el conjunto de erogaciones relacionadas con la guarda, custodia y conservación de los materiales en el almacén; la transformación de éstos en artículos manufacturados a través del esfuerzo humano y/o del mecánico y de todas las erogaciones relacionadas con la fabrica en donde se realiza la manufactura. La segunda función termina cuando los artículos elaborados son recibidos por el almacén de productos terminados, listos para ser vendidos.
La tercera función, abarca todas las erogaciones relacionadas con la guarda, custodia, conservación, empaque, despacho y entrega de los productos terminados a los clientes; los gastos del departamento de ventas, los de la administración general, los de financiamiento de las operaciones y los de la cobranza a los clientes respectivos.
La empresa comercial efectúa dos funciones específicas: adquisición y distribución. Compra las mercancías objeto de la venta en cierto estado, para ser vendidas posteriormente en las mismas condiciones en que fueron adquiridas, por lo que el control de las mismas, en todo caso, no es muy complicado, precisamente por que lo que revende no sufre modificaciones.
La empresa industrial introduce una nueva función dentro de las que integran la entidad comercial, la cual es precisamente la de producción o manufactura, cuyos costos se conocen con el nombre de costos de producción, integrados por el costo de la materia prima sujeta a transformación, el trabajo para realizar la manufactura y una serie de erogaciones de fabrica que intervienen en dicha transformación.
Su primera función consiste en la compra de materias primas, cuyo costo se forma por el valor de factura del proveedor, más todos los gastos referentes al traslado de los materiales desde el almacén del proveedor hasta el de la propia empresa. La primera función concluye en el momento en que las materias primas son recibidas por el almacén de la empresa y se encuentran en condiciones de ser utilizadas en la producción.
La segunda función, que es la diferencia sobresaliente en relación con las que desarrolla la entidad comercial, comprende el conjunto de erogaciones relacionadas con la guarda, custodia y conservación de los materiales en el almacén; la transformación de éstos en artículos manufacturados a través del esfuerzo humano y/o del mecánico y de todas las erogaciones relacionadas con la fabrica en donde se realiza la manufactura. La segunda función termina cuando los artículos elaborados son recibidos por el almacén de productos terminados, listos para ser vendidos.
La tercera función, abarca todas las erogaciones relacionadas con la guarda, custodia, conservación, empaque, despacho y entrega de los productos terminados a los clientes; los gastos del departamento de ventas, los de la administración general, los de financiamiento de las operaciones y los de la cobranza a los clientes respectivos.
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