martes, 15 de marzo de 2011

CÓDIGO DE ETICA

Postulados.

ALCANCE DEL CÓDIGO.

Postulado I.

Aplicación universal del código.
Contador Público o Firma nacional o extranjera por el hecho de serlo, entendiéndose
como Firma lo establecido en el artículo 2.04 siguiente; no importa la índole de
la actividad o especialidad que el Contador Público cultive tanto en el ejercicio
independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones
públicas o privadas. También abarca a los Contadores Públicos que, además, ejerzan
otra profesión.


 
Postulado II.

Independencia de criterio.
Público acepta la obligación de sostener un criterio imparcial y libre de conflicto de
intereses.


Al expresar cualquier juicio profesional, el ContadorPostulado III.
Calidad profesional de los trabajos.
del Contador Público un verdadero trabajo profesional, por lo que siempre tendrá
presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo
específico que esté desempeñando. Asimismo, actuará con la intención, el cuidado y
la diligencia de una persona responsable.

En la prestación de cualquier servicio se espera
Postulado IV.

Preparación y calidad del profesional.
acepte prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad
necesaria para realizar las actividades profesionales, satisfactoriamente
Como requisito para que el Contador Público 
Postulado V.

personal por los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección.

Responsabilidad personal. El Contador Público siempre aceptará una responsabilidad
RESPONSABILIDADES HACIA QUIEN PATROCINA LOS
SERVICIOS.

Postulado VI.

Secreto profesional.
profesional y de no revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros,
los hechos, datos o circunstancias de que tenga o hubiese tenido conocimiento en el
ejercicio de su profesión. Con la autorización de los interesados, el Contador Público
proporcionará a las autoridades competentes la información y documentación que
éstas le soliciten.

El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto
Postulado VII.

Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral.
dignidad profesional todo Contador Público que directa o indirectamente intervenga
en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral, como el recibir retribuciones
económicas (cohechos), las cuales no tengan sustento profesional para su aceptación.

Faltará al honor y
Postulado VIII.

Lealtad hacia el patrocinador de los servicios.
aprovecharse de situaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus
servicios.

El Contador Público se abstendrá de
Postulado IX.

Retribución económica.
acreedor a una retribución económica.
Por los servicios que presta, el Contador Público se hace


RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN.

Postulado X.

Respeto a los colegas y a la profesión.
con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupan,
buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca,
actuando con espíritu de grupo.

Todo Contador Público cuidará sus relaciones
Postulado XI.

Dignificación de la imagen profesional con base en la calidad.
la sociedad en general y a los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de
prestigio profesional, el Contador Público se valdrá, fundamentalmente, de su
calidad profesional y personal, apoyándose en la promoción institucional y, cuando
lo considere conducente, podrá comunicar y difundir sus propias capacidades sin
demeritar a sus colegas o a la profesión en general.

Para hacer llegar a
Postulado XII.

Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos.
alguna manera, transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las
más altas normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de
los conocimientos propios de la profesión.
Todo Contador Público que, de
 

RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD.

Este Código de Ética Profesional es aplicable a todo.

Código de Ética Profesional.

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